Antecedentes

El 7 de diciembre de 1984, la Oficialía Mayor de la Secretaria de Salubridad y Asistencia, hizo la entrega de las Instalaciones del Laboratorio Estatal de Salud Pública “Dr. Galo Soberón y Parra” (LESP), ubicado en Ciudad Renacimiento, Municipio de Acapulco de Juárez, Gro.

El LESP forma parte de la Secretaria de Salud del Gobierno del Estado Libre y Soberano de Guerrero (SSA-Gro). En la estructura organizacional de los Servicios Estatales de Salud, el LESP se encuentra entre las unidades que dependen del Secretario de Salud.

Se ha dado la conformación del comité de la alta dirección, la cual dentro de sus funciones es la proyección de metas y evaluación de las acciones generadas para ello, en un buen funcionamiento y el cumplimiento de sus funciones sustantivas, bajo la vigilancia y supervisión operativa del Secretario de Salud.

Para el funcionamiento del LESP, se cuenta con aviso de funcionamiento y aviso de responsable sanitario a nombre de un integrante del área de Gobierno, esto para responder en su caso, ante la autoridad sanitaria correspondiente.

En virtud de que los servicios analíticos para el control sanitario de bienes y servicios deben contar con reconocimiento oficial, el LESP cuenta con Autorización por parte de la COFEPRIS como Tercero Autorizado Auxiliar como Laboratorio de Prueba.

El LESP se ubica en: Boulevard Vicente Guerrero Esq. Juan R. Escudero S/N, Col. Cd. Renacimiento. C.P. 39715, Acapulco, Gro. Teléfonos: (01-744) 441-85-02, 441-52-57; Fax: 41-40-90; Correo electrónico:.

La organización interna del LESP se describe en el manual de organización (DI-M-001) que forma parte de la documentación del Sistema de Gestión de la Calidad (SGC) interno.

El Laboratorio Estatal de Salud Pública “Dr. Galo Soberón y Parra” de Acapulco, Gro. México (LESP), inicia operaciones el 1º de octubre de 1984 y fue creado como parte de una Red Nacional de Laboratorios (RNLSP) para dar cobertura de servicios analíticos para la vigilancia sanitaria y epidemiológica en todo el país.

Actualmente la Red Nacional de Laboratorios de Salud Pública, se integra con Comisión de Control Analítico y Ampliación de Cobertura (CCAyAC) perteneciente al Sistema Federal Sanitario de la COFEPRIS y con el Instituto de Diagnóstico y Referencia Epidemiológicos (Indre) perteneciente a la Dirección General de Epidemiologia.

El primer antecedente de reconocimiento de su competencia técnica es en 1988, cuando recibe de la Food and Drug Administration (FDA) y la Secretaría de Salud Federal (SSA), el primer Certificado de Calidad para la realización de las técnicas microbiológicas del “número más probable” por tubos múltiples en producto (Anexo 1), en apoyo al programa mexicano de sanidad de Moluscos Bivalvos y que es efectuada en el Laboratorio de Microbiología de Alimentos. En 1991 se obtuvo el certificado de la Calidad para el Laboratorio de Toxicología Ambiental y su personal en la técnica “Bioensayo en ratón” este certificado se otorgó por la FDA en 1993. Repite la certificación, ahora denominada “Procedimiento Estandarizado de Bioensayo en ratón para determinación de veneno paralizante en Moluscos Bivalvos”, ratificada en 1994 y 1997. Además, se han tenido supervisiones y asesoramientos por parte de la Comisión de Control Analítico y Ampliación de Cobertura (CCAYAC) en el área Sanitaria y del Instituto de Diagnóstico y Referencia Epidemiológicos (InDRE), en el área epidemiológica. Dando seguimiento a las recomendaciones a fin de obtener la autorización de las técnicas que se realizan en dichas áreas.

El LESP debe aplicar las Normas Oficiales Mexicanas, que establecen los métodos de prueba que se requieren para los servicios analíticos que presta, así también las normas voluntarias (NMX, ISO). En cumplimiento de estas normas, estamos obligados en implantar un Sistema de Gestión de la Calidad que garantice y asegure la confiabilidad de los resultados que se generen en el LESP.

El presente Manual establece las políticas mediante las cuales se asegura la calidad de los servicios que ofrece el LESP y describe su Sistema de Gestión de la Calidad (SGC). El Manual tiene su fundamento en las normas aplicables a cada uno de los procesos, así como en las: NMX Sistemas de gestión de la calidad.- Requisitos, NMX-EC-15189- Laboratorios clínicos – Requisitos particulares para la calidad y la competencia. NMX-EC-17025- Requisitos Generales para la Competencia de los Laboratorios de Ensayo y de Calibración vigentes en el momento de su revisión.